Internacional

Condenan a Santiago Uribe a 28 años de prisión por concierto para delinquir y homicidio agravado

La decisión, con fecha de este 25 de noviembre de 2025, fue proferida por la Sala Penal de Decisión del Tribunal, que resolvió las apelaciones formuladas por la Fiscalía, la Procuraduría y la parte civil contra la sentencia absolutoria emitida en 2024 por un juez especializado de Antioquia.

Según el fallo, el Tribunal consideró acreditado que Santiago Uribe participó en la creación y funcionamiento de un grupo armado ilegal que actuó principalmente en los municipios de Yarumal, Campamento y Valdivia, entre otros.

La estructura ejecutaba asesinatos selectivos contra personas catalogadas como “indeseables” o presuntos colaboradores de la guerrilla.

La organización habría contado con el apoyo, por acción u omisión, de miembros de la Policía Nacional y de particulares. Testigos y documentos del proceso indicaron que la hacienda La Carolina, propiedad de la familia Uribe, servía como centro de operaciones y entrenamiento del grupo.

“El grupo dirigido por Uribe Vélez actuó en los primeros años de la década de los noventa y contó con el concurso por acción y omisión de agentes del Estado, principalmente de la policía y se concertó así mismo con particulares. Dicho grupo, contaba con dos lugartenientes que se encargaban de las acciones violentas, uno en la parte urbana, Hernán Darío Zapata conocido como “pelo de chonta” y otro en el parte rural conocido con el alias de “Rodrigo”, indica el fallo.

La Sala consideró que, en conjunto, los testimonios, la prueba documental y los antecedentes permitieron concluir que Santiago Uribe integró y tuvo rol directivo dentro del grupo paramilitar urbano-rural, lo que constituye concierto para delinquir agravado.

El caso contra Santiago Uribe se remonta a 2010, cuando varios exintegrantes de grupos paramilitares declararon sobre la existencia de Los Doce Apóstoles y su presunta conexión con el empresario antioqueño.

Santiago Uribe hizo parte del grupo ‘Los Doce Apóstoles’

El proceso avanzó bajo el sistema penal de la Ley 600 de 2000, que contempla etapas escritas y mantiene un rol investigativo más activo del juez.

Además de la pena privativa de la libertad, el Tribunal impuso la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante el tiempo de la condena y el registro del fallo en los antecedentes judiciales.

La Sala también compulsó copias para investigaciones complementarias relacionadas con agentes estatales que, según el fallo, habrían colaborado con el grupo ilegal.

FUENTE: Agencias

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